Pablo Ulloa recordó que la pieza legislativa tiene la finalidad de regular la atención, protección e inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Santo Domingo. – El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, hizo un llamado para que se apruebe el reglamento de aplicación a la Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), en la República Dominicana.

En ese sentido, Ulloa recordó que luego de la promulgación de la pieza legislativa, el Consejo Nacional de la Discapacidad (CONADIS), entidad encargada de crear la disposición para la entrada en vigor de la ejecutoria, aún no cuenta con un documento sobre las acciones a realizar, a pesar de que la misma fue promulgada en junio del 2023.

Puntualizó que esta ley contempla una serie de prerrogativas en beneficio de las familias de personas autistas, pero no se han podido ejecutar por la falta de las normas de aplicación.
El servidor público señaló que la norma contempla trascendentes aspectos para que el Estado se ocupe de las necesidades básicas en diferentes áreas, dentro de las que se destaca salud, educación, vivienda, transporte, de socialización y de atención temprana.

Asimismo, el Defensor precisó que las autoridades deben velar por el cumplimiento de esta normativa, debido a que los tratamientos resultan extremadamente costosos, y por la falta del reglamento, las familias se ven imposibilitadas al acceso de los servicios.

Indicó que el objetivo de la ley es garantizar que las personas con este tipo de trastorno reciban las terapias y aliviar la carga económica y emocional en miles de hogares del país.

En las últimas décadas, los diagnósticos de TEA han crecido en más de un 250%, lo que significa que al menos uno de cada 160 niños en el planeta vive con TEA.

Educación

Datos contenidos en la memoria 2023 del Ministerio de Educación, indican que, del total de estudiantes con necesidades específicas inscritos a marzo 2023, se identificaron 7,475 dentro del espectro autista y 8,878 con discapacidad intelectual.

Planteamiento de la Constitución

La Constitución en su artículo 58, establece la necesidad de crear políticas públicas de inclusión para las personas con discapacidad.

Además, la reciente promulgación de la Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) es un paso significativo hacia la garantía de sus derechos.

Esta ley asigna la responsabilidad al Consejo Nacional para la Discapacidad (CONADIS) para velar por la implementación de las políticas públicas y el cumplimiento de la ley, asegurando un trato digno y la reeducación de la población en cuanto al tratamiento de las personas con alguna discapacidad.

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