La Junta Central Electoral (JCE) publicó la resolución que establece los criterios para determinar el orden de postulaciones que habrán de tener las candidaturas plurinominales de diputaciones, regidurías y vocalías escogidas por los partidos agrupaciones y movimientos políticos a través de las modalidades de selección por primarias convenciones o asambleas de delegados, militantes, dirigentes y encuestas.
Los criterios para la definición del orden de postulación de las candidaturas establecen en primer lugar, que serán colocadas en las boletas oficiales las candidaturas plurinominales en diputaciones, regidurías y vocalías que hayan sido proclamadas como candidaturas electas por haber obtenido el mayor número de votos en la modalidad de primaria lo cual se hará en orden descendente, es decir serán colocadas en los primeros lugares las candidaturas que hayan obtenido la mayor cantidad de votos hasta completar el número de candidaturas que hayan sido elegidas bajo dicha modalidad.
A seguidas serán colocadas en las boletas oficiales las candidaturas plurinominales de diputaciones, regidurías y vocalías que hayan sido proclamadas como candidaturas electas por haber obtenido el mayor número de votos en las modalidades de convenciones o asambleas de delegados, militantes, dirigentes y encuestas, en orden descendente hasta completar el número de candidaturas elegidas bajo dicha modalidad.
Finalmente se colocarán en las boletas oficiales las candidaturas reservadas las cuales se agregarán en orden alfabético del primer apellido después de las candidaturas que hayan sido colocadas y que compitieron en los procesos de selección interna de candidaturas de las organizaciones políticas